Tema 11: Objetos de
aprendizaje y licencias en Internet
Índice:
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Ø
¿Qué son los
objetos de aprendizaje?
Ø
¿Dónde
encontrar objetos de aprendizaje?
Ø
Licencias en Internet
1. ¿Qué son los
objetos de aprendizaje?
· Cualquier entidad, digital, o no digital, que puede
ser usada, reutilizada o referenciada durante el aprendizaje apoyado por la
tecnología. Como por ejemplo de objetos destacan:
o Contenido Multimedia
o Contenido Instructivo
o Objetos de aprendizaje
o Software educativo y herramientas de software
o Personas, organizaciones o eventos referenciados
durante el aprendizaje apoyado tecnológicamente.
Por otro lado los
objetos de aprendizaje están regidos por metadatos (todos tenemos nombre y unas características
psicológicas, es lo que nos diferencia unos de otros) son datos y reglas sobre datos, en nuestro caso nos
proporcionan datos sobre los recursos de aprendizaje y su utilización.
Un objeto de
aprendizaje no es más que un elemento como una aplicación informática,
que además va a estar apoyado por la tecnología.
Si no es un objeto
digital como un guion en papel, está apoyado por la tecnología que es de donde
se saca la información.
Metadatos: todos
estamos regidos por metadatos. Todos tenemos unas características físicas y
psicológicas. Esos son nuestros metadatos.
2. ¿Dónde encontrar objetos de aprendizaje?
(pág. 340)
·
Proyeco Agrega: Esta iniciativa
elaborada por el ministerio de Educación ofrece gran cantidad de recursos.
Dispone de un buscador avanzado con el que es posible localizar los materiales
deseados según el nivel educativo, nivel de agregación o formato y, en general,
por cualquier característica descrita en los metadatos. Cuando se encuentra
algo adaptado a nuestras necesidades se tendrá en cuenta la plataforma de
e-learning y nuestro LMS. El resultado es un archivo en formato ZIP. (Es un centro de
recursos para la educación que ofrece numerosos recursos elaborados por todos
los profesores. Es un proyecto del Ministerio. Es posible gracias a los
metadatos. Este proyecto ofrece un buscador avanzado. Se puede descargar
la informacion. Págà Agrega.2.red.es).
·
Proyecto LearningSpace: En esta biblioteca
podemos encontrar cientos de recursos educativos, en forma de cursos on-line,
que pueden ser descargados en formato SCORM o Common Cartridge. Eligiendo
cualquiera de estos formatos se obtendrá el objeto de aprendizaje en formato
ZIP.
Los objetuvos de
aprendizaje siguen uno estándares, los dos mas importantes que se cumplen Scorm
y Common Cartridge.
Un objeto de
aprendizaje es como una caja. En ella hay texto, imágenes, vídeos,
gráficos... Esta todo agrupado, ¿como pasa a verse como en Moddle todo
organizado? Gracias a los estándares que hemos comentado, modifica la
estructura y sale ordenado ( ej: el texto, debajo la imagen, el gráfico al
lado, etc.)
El primer concepto
que tenemos que tener claro, son los
derechos de autor, conjunto de normas jurídicas que la ley concede a sus
autores, respecto a las obras que son fruto de su creación. Hay que pagar
un Copyright. Queda fijado en un medio de expresión tangible. (pág.
350 libro). Los autores adquieren derechos sobre sus obras desde el momento en
el que la finalizan. Los derechos de autor, protegen cualquier creación
original que se considere de naturaleza intelectual, artísticas, natural.
Lo que queda fuera de los derechos de autor, son trabajos que no son fijados
por medio de expresión tangible, disposiciones legales o reglamentarias
(leyes), ideas, procedimientos, aspectos matemáticos. Dentro de estos derechos
de autor, existen varios derechos que nos amparan:
·
Los derechos morales: que yo tengo un
derecho de ser reconocido como autor de esa obra y que se respete la integridad
de esa obra.
·
Derechos patrimoniales: que son aquellos
que permiten la explotación de la obra, y que ocurre que si muere el creador de
la obra, los familiares del fallecido tiene hasta 70 años para adquirir sus
derechos. Dentro de estos derechos hay dos subapartados:
o Los
derechos de explotación: yo creo una obra y
otra persona la quiere utilizar, por lo que le paga por ejemplo 1000 euros y la
puede utilizar. (Por ejemplos las editoriales) (pides dinero cada vez que
alguien utilice tu obra)
o Los
derechos compensatorios: pretenden de alguna
forma neutralizar la posibles pérdidas ocasionan por los derechos dejados de
percibir por las copias privadas, prestaciones protegidas o reproducidas. (La
música que se utiliza en las bodas, ya que se utiliza la música del autor para
otros fines para los que ha sido destinados, y dan dinero al autor para
compensarlo).
Alternativas al
Copyright son licencias
abiertas: las licencias
abiertas, permiten a los autores ceder algunos derechos de sus obras, e indicar
que se puede utilizar modificar y compartir libremente, pero siempre
diciendo quien es el autor. Las tres más conocidas son.
o Dominio público: Una obra pasa al
dominio público cuando espiran (se van) los derechos patrimoniales.
Ejemplo cuando el autor renuncia a la obra o cuando muere. Cuando una obra
forma parte del dominio público, significa que se puede utilizar y modificar
libremente, siempre que se respecten los derechos morales del autor.
o Copyleft: eliminan las restricciones de
distribución o modificación que te impone el Copyright. La única condición del
Copyleft, es que la obra derivada tienen que mantener los mismos derechos de la
obra original.
o Creative Common: ( dibujos de la
pizarra que estan en el libro pag 352 y 353).es la licencia más conocida
por todos.
(Página 352, 353, dibujos).
· Muñeco (by): en cualquier
explotación de la obra será necesario reconocer la autoría.
· Euro tachado (NC, que significa no comercial): la explotación de la
obra queda limitada en usos no comerciales. Esta condición solo afecta a
aquellos que usen la obra, no al autor.
· Un igual (ND): sin obras
derivadas, no se permite la trasformación para crear una obra
derivada, es decir, alguien pone una obra en internet y yo no puedo crear una
obra derivada)
· Flecha en sentido contrario a las agujas del reloj
(SA): se autoriza la creación de obras
derivadas, siempre que mantenga la misma licencia al ser divulgadas.
6
Licencias básicas de Creative Common:
·
Reconocimiento(by): Se permite cualquier
explotación de la obra, incluyendo una finalidad comercial ( que lo puedes usar para ganar dinero o gastar), así como la creación de obras derivadas, la
distribución de las cuales también está permitida sin ninguna restricción.
·
Reconocimiento- No comercial (b-nc): No se permite un
uso comercial de la obra original ni de las posibles obras derivadas. Se permite la generación de obras derivadas siempre
que no se hagan un uso comercial. Tampoco se puede utilizar la obra original
con finalidades comerciales.
·
Reconocimiento- No comercial- Compartirlgual
(by-nc-sa): No se permite un uso
comercial de la obra original ni de las posibles obras derivadas, las cuales deberán
de mantener el mismo tipo de licencia (las mismas características).La distribución de
las cuales se debe hacer con una licencia igual a la que regula a la obra
original.
·
Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada
(by-nc-nd): no se permite el uso
comercial de la obra originar, ni la generación de las obras derivadas.
·
Reconocimiento compartido igual (by-sa): Se permite el uso comercial de la
obra y de las posibles obras derivadas las cuales deben mantener el mismo tipo
de licencia.
·
Reconocimiento - SinObraDerivada (by-nd): no se pueden generar obras
derivadas pero respecto al resto no hay ningún tipo de restricción.
Para saber más:
Lo primero, para saber más acerca de Creative commons,
os voy a mostrar un vídeo , donde explica de forma detallada y además, poniendo
un ejemplo, los diferentes tipos de licencia que existen.
Extraido de : https://www.youtube.com/watch?v=RdMEWTqbcCA
Otro
de los vídeos que quiero compartir con todos vosotros es acerca de los derechos
de autor, donde nos explica que son y en qué consiste. Me parece interesante
que lo veáis, ya que podemos aprender de forma amena y entretenida y de una
forma más rápida, viendo este tipo de video
Extraído de: https://www.youtube.com/watch?v=zyRWxwb_sUE
Además, he encontrado una página
muy interesante donde nos muestra la evolución desde el año 2006, hasta el año
2014, en el podemos observar una gran evolución, ya que en el año 2006 habían
alrededor de 50 millones de licencias creative commons, y ahora en el 2014
existen 882 millones. Destaca además, el incremento en el uso de creative
commons para publicaciones de carácter académico o científico, como por ejemplo
en nuestro caso, el blog, donde podemos ponerle una licencia creative commons.
Extraido de: http://es.creativecommons.org/blog/
Por otro lado, creo que es muy
importante que todos mis compañeros y yo, y todo el mundo que tenga un blog,
tenga la licencia Creatuve Commons, y de este modo, toda la información y todo
lo que pongamos, estará protegido.
Si queréis poner la licencia Creative
Commons en vuestro blog aquí os dejo un enlace, a través de el podréis tener
vuestro blog más protegido.
·
http://es.creativecommons.org/blog/licencias/
Para concluir, ¿de qué manera
lo aplicaría en el aula?
La mejor manera sería incorporar la licencia Creative
Commons a todo tipo de páginas que creemos para utilizarla en el aula. Por ejemplo,
el blog que tengamos con las familias y con el centro. De esta forma, todo lo
que publiquemos o la información e imágenes que colguemos en el, quedara
protegida.
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