jueves, 26 de noviembre de 2015

Tema 11

Tema 11: Objetos de aprendizaje y licencias en Internet

Índice:
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Ø  ¿Qué son  los objetos de aprendizaje?
Ø ¿Dónde encontrar objetos de aprendizaje?
Ø  Licencias en Internet

1.  ¿Qué son los objetos de aprendizaje?

·      Cualquier entidad, digital, o no digital, que puede ser usada, reutilizada o referenciada durante el aprendizaje apoyado por la tecnología. Como por ejemplo de objetos destacan:

o    Contenido Multimedia
o    Contenido Instructivo
o    Objetos de aprendizaje
o    Software educativo y herramientas de software
o    Personas, organizaciones o eventos referenciados durante el aprendizaje apoyado tecnológicamente.

Por otro lado los objetos de aprendizaje están regidos por metadatos (todos tenemos nombre y unas características psicológicas, es lo que nos diferencia unos de otros) son datos y reglas sobre datos, en nuestro caso nos proporcionan datos sobre los recursos de aprendizaje y su utilización.
Un objeto de aprendizaje no es más que un elemento como una aplicación informática,  que además va a estar apoyado por la tecnología.
Si no es un objeto digital como un guion en papel, está apoyado por la tecnología que es de donde se saca la información.
Metadatos: todos estamos regidos por metadatos. Todos tenemos unas características físicas y psicológicas. Esos son nuestros metadatos.


2.   ¿Dónde encontrar objetos de aprendizaje? 
(pág. 340)

·         Proyeco Agrega: Esta iniciativa elaborada por el ministerio de Educación ofrece gran cantidad de recursos. Dispone de un buscador avanzado con el que es posible localizar los materiales deseados según el nivel educativo, nivel de agregación o formato y, en general, por cualquier característica descrita en los metadatos. Cuando se encuentra algo adaptado a nuestras necesidades se tendrá en cuenta la plataforma de e-learning y nuestro LMS. El resultado es un archivo en formato ZIP. (Es un centro de recursos para la educación que ofrece numerosos recursos elaborados por todos los profesores. Es un proyecto del Ministerio. Es posible gracias a los metadatos. Este proyecto ofrece un buscador avanzado.  Se puede descargar la informacion. Págà Agrega.2.red.es).

·         Proyecto LearningSpace: En esta biblioteca podemos encontrar cientos de recursos educativos, en forma de cursos on-line, que pueden ser descargados en formato SCORM o Common Cartridge. Eligiendo cualquiera de estos formatos se obtendrá el objeto de aprendizaje en formato ZIP.

Los objetuvos de aprendizaje siguen uno estándares, los dos mas importantes que se cumplen Scorm y Common Cartridge.

Un objeto de aprendizaje  es como una caja. En ella hay texto, imágenes, vídeos, gráficos... Esta todo agrupado, ¿como pasa a verse como en Moddle todo organizado? Gracias a los estándares que hemos comentado, modifica la estructura y sale ordenado ( ej: el texto, debajo la imagen, el gráfico al lado, etc.)

3. Licencias en Internet

El primer concepto que tenemos que tener claro, son los derechos de autor, conjunto de normas jurídicas que la ley concede a sus autores, respecto a las obras que son fruto de su creación. Hay que pagar  un Copyright. Queda fijado en un medio de expresión tangible.   (pág. 350 libro). Los autores adquieren derechos sobre sus obras desde el momento en el que la finalizan. Los derechos de autor, protegen cualquier creación original que se considere de naturaleza intelectual,  artísticas, natural. Lo que queda fuera de los derechos de autor, son trabajos que no son fijados por medio de expresión tangible, disposiciones legales o reglamentarias (leyes), ideas, procedimientos, aspectos matemáticos. Dentro de estos derechos de autor, existen varios derechos que nos amparan:

·      Los derechos morales: que yo tengo un derecho de ser reconocido como autor de esa obra y que se respete la integridad de esa obra.
·      Derechos patrimoniales: que son aquellos que permiten la explotación de la obra, y que ocurre que si muere el creador de la obra, los familiares del fallecido tiene hasta 70 años para adquirir sus derechos. Dentro de estos derechos hay dos subapartados:
    Los derechos de explotación: yo creo una obra y otra persona la quiere utilizar, por lo que le paga por ejemplo 1000 euros y la puede utilizar. (Por ejemplos las editoriales) (pides dinero cada vez que alguien utilice tu obra)
o     Los derechos compensatorios: pretenden de alguna forma neutralizar la posibles pérdidas ocasionan por los derechos dejados de percibir por las copias privadas, prestaciones protegidas o reproducidas. (La música que se utiliza en las bodas, ya que se utiliza la música del autor para otros fines para los que ha sido destinados, y dan dinero al autor para compensarlo).

Alternativas al Copyright son licencias abiertas:  las licencias abiertas, permiten a los autores ceder algunos derechos de sus obras, e indicar que se puede utilizar  modificar y compartir libremente, pero siempre diciendo quien es el autor. Las tres más conocidas son.

o    Dominio público: Una obra pasa al dominio público cuando espiran (se van)  los derechos patrimoniales. Ejemplo cuando el autor renuncia a la obra o cuando muere. Cuando una obra forma parte del dominio público, significa que se puede utilizar y modificar libremente, siempre que se respecten los derechos morales del autor.
o    Copyleft: eliminan las restricciones de distribución o modificación que te impone el Copyright. La única condición del Copyleft, es que la obra derivada tienen que mantener los mismos derechos de la obra original.
o    Creative Common: ( dibujos de la pizarra que estan en el libro pag 352 y 353).es la licencia más conocida por todos.
  (Página 352, 353, dibujos).




·      Muñeco (by): en cualquier explotación de la obra será necesario reconocer la autoría.
·      Euro tachado (NC, que significa no comercial): la explotación de la obra queda limitada en usos no comerciales. Esta condición solo afecta a aquellos que usen la obra, no al autor.
·      Un igual (ND): sin obras derivadas, no se permite la trasformación para crear una obra derivada, es decir, alguien pone una obra en internet y yo no puedo crear una obra derivada)
·      Flecha en sentido contrario a las agujas del reloj (SA): se autoriza la creación de obras derivadas, siempre que mantenga la misma licencia al ser divulgadas.

6 Licencias básicas de Creative Common:

·      Reconocimiento(by): Se permite cualquier explotación de la obra, incluyendo una finalidad comercial ( que lo puedes usar para ganar dinero o gastar), así como la creación de obras derivadas, la distribución de las cuales también está permitida sin ninguna restricción.
·      Reconocimiento- No comercial (b-nc): No se permite un uso comercial de la obra original ni de las posibles obras derivadas. Se permite la generación de obras derivadas siempre que no se hagan un uso comercial. Tampoco se puede utilizar la obra original con finalidades comerciales.
·      Reconocimiento- No comercial- Compartirlgual (by-nc-sa): No se permite un uso comercial de la obra original ni de las posibles obras derivadas, las cuales deberán de mantener el mismo tipo de licencia (las mismas características).La distribución de las cuales se debe hacer con una licencia igual a la que regula a la obra original.
·      Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada (by-nc-nd): no se permite el uso comercial de la obra originar, ni la generación de las obras derivadas.
·      Reconocimiento compartido igual (by-sa): Se permite el uso comercial de la obra y de las posibles obras derivadas las cuales deben mantener el mismo tipo de licencia.

·      Reconocimiento - SinObraDerivada (by-nd): no se pueden generar obras derivadas pero respecto al resto no hay ningún tipo de restricción.
Para saber más:
Lo primero, para saber más acerca de Creative commons, os voy a mostrar un vídeo , donde explica de forma detallada y además, poniendo un ejemplo, los diferentes tipos de licencia que existen. 

Extraido de : https://www.youtube.com/watch?v=RdMEWTqbcCA
Otro de los vídeos que quiero compartir con todos vosotros es acerca de los derechos de autor, donde nos explica que son y en qué consiste. Me parece interesante que lo veáis, ya que podemos aprender de forma amena y entretenida y de una forma más rápida, viendo este tipo de video
Extraído de:  https://www.youtube.com/watch?v=zyRWxwb_sUE

Además, he encontrado una página muy interesante donde nos muestra la evolución desde el año 2006, hasta el año 2014, en el podemos observar una gran evolución, ya que en el año 2006 habían alrededor de 50 millones de licencias creative commons, y ahora en el 2014 existen 882 millones. Destaca además, el incremento en el uso de creative commons para publicaciones de carácter académico o científico, como por ejemplo en nuestro caso, el blog, donde podemos ponerle una licencia creative commons.

Extraido de: http://es.creativecommons.org/blog/

Por otro lado, creo que es muy importante que todos mis compañeros y yo, y todo el mundo que tenga un blog, tenga la licencia Creatuve Commons, y de este modo, toda la información y todo lo que pongamos, estará protegido.
Si queréis poner la licencia Creative Commons en vuestro blog aquí os dejo un enlace, a través de el podréis tener vuestro blog más protegido.
·         http://es.creativecommons.org/blog/licencias/

Para concluir, ¿de qué manera lo aplicaría en el aula?
La mejor manera sería incorporar la licencia Creative Commons a todo tipo de páginas que creemos para utilizarla en el aula. Por ejemplo, el blog que tengamos con las familias y con el centro. De esta forma, todo lo que publiquemos o la información e imágenes que colguemos en el, quedara protegida. 

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